Fénix 24-25, 13-40
22 FENIX En la Tabla N<: 9 podemos apreciar los tipos de disposiciones que no apare– cen en los diarios oficiales. Es de destacarse que en Colombia las Resolucio– nes de Ministerios como los de Agricultura y Desarrollo Económico no son publicadas en el Diario Oficial y que las resoluciones del INCOMEX no siem– pre aparecen en él. El Ministerio de Agricultura, por ejemplo, emitió en 1972 resoluciones sobre restricciones a la importación y el Ministerio de De– sarrollo Económico tuvo en ese mismo año una resolución con la cual creaba un Comité de Integración Económica, así como emitió algunas disposicio nes relacionadas con la inversión extranjera. También en este año, algunas reso– luciones del INCOMEX relacionadas con mecanismos de la integración sub– regional no aparecieron en el Diario (Banco de la República 1973). Las reso– luciones de las Juntas Monetarias, tanto en Colombia como en el Ecuador, no aparecen en los respectivos diarios oficiales. Para todos los tipos de dis– posiciones que se enumeran en la Tabla N<: 9, los Núcleos Nacionales ten– drían que contemplar acciones específicas ante los organismos correspondien– tes para asegurar el arribo regular de los textos legales al Componente. Ya se ba dicho que la función principal del Componente ha de ser de alerta informativa (current awareness) sobre disposiciones promulgadas en el Grupo Andino. Pero esta función no podría realizarse sin una base de datos original, en relación con la cual las nuevas disposiciones adquieran pleno significado. De igual manera, una base de datos original permitiría realizar búsquedas de alguna profundidad en el Componente. Al pensar en antecedentes de las dis– posiciones, podemos dividir a éstos en dos periodos. a) Disposiciones hasta mayo de 1969, cuando se suscribe el Acuerdo de Cartagena. b) Disposiciones desde junio de 1969 hasta 1975 * Los antecedentes de estos dos períodos no tienen la misma importancia para el Componente. En primer lugar, debido a que el enfoque del Componente es hacia disposiciones relacionadas con las economías de los Países Miembros desde el momento en que éstas se vinculan por el Acuerdo y no antes, En segundo término, porque las principales leyes reguladoras de la actividad eco– nómica se encuentran probablemente en mayor número en el segundo perío– do, no obstante su menor extensión. Esto no debe atribuirse a una vida ex– cepcionalmente corta de las disposiciones económicas de los países andinos. sino a una mayor participación del sector público que a partir de 1969, co– incidiendo e interrelacionándose con el movimiento de integración. se hizo manifiesta, determinando nuevas leyes de promoción industrial, fomento a las exportaciones, sistemas financiero, aduanas y seguridad social entre otros campos. ... Suponiendo que el Componente pueda comenzar a funcionar a principios de 1976. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.24-25, 1977
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