Fénix 3, 485-514
Nunca se indicará más de un título, salvo en los casos estrictamen- te necesarios. b ) Se indicará solamente el cargo más importante de los enunciados en el manuscrito, o aquéllos que si bien no aparecen mencionados fueran conocidos por ulteriores investigaciones, y guarden relación con la índole del escrito. c ) Para los Papas, emperadores, cardenales, reyes y príncipes sobe- ranos, nunca se omitirá la mención de su dignidad, aún cuando e1 manuscrito pertenezca o se refiera a un período de vida anterior a la ascención al trono o a la pú r p r a . d ) Cuando un mismo soberano haya reinado sobre diversos estados, se indicará únicamente el título de soberanía sobre el estado a que se refiera el escrito. Estos calificativos estarán seguidos de las fechas extremas del cargo. Ex- cepciones: Cardenales: sólo la fecha de publicación y la de renuncia cuando el cardenal haya dejado la púrpura. Soberanos y príncipes soberanos: sólo la fecha de ascención al trono ( y la de abdicación si la hubiera). 11. Cuerpo de la Ficha: Está constituído generalmente por el título del manuscrito, el "incipit", y eventualmente el "desinit" y las notas ilustrativas, E l título: Debe transcribirse tai y como aparezca en el escrito, pero cuando ha- ya ediciones del manuscrito se adoptará el título de la mejor de ellas: sin embargo, cuando el título dado por tradición es más comunmente conocido que el del manuscrito o de su edición, se registrará el título tradicional. Se cui- dará de poner siempre como nota el título original del manuscrito. Cuando se agreguen palabras o frases al título (para identificar mejor a las personas, cosas y fechas insuficientemente mencionadas en el título), se colocarán entre corchetes, y serán redactadas en el idioma mismo del texto (salvo para apellidos, para los cuales puede resultar preferible transcribirlos según la forma moderna). Para los escritos sin fifulo, a los que no se puede dar con seguridad un tí- tulo supletorio, se empezará la ficha con el "incipit", seguido de una nota en- tre paréntesis sobre la naturaleza y contenido del escrito. a ) Se transcribirá, sin excepción en todos los escritos sin título. b ) Sólo se transcribirá en los textos con título, cuando sea necesario para una mejor identificación del escrito en cuestión. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.3, julio-diciembre 1945
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