Fénix 3, 485-514

el epígrafe deben hacerse recalcar en las notas de la ficha, si el título no apa- rece suficientemente explicado. Por regla general hay que encebezar la ficha con el asunto más estrecha- mente ligado al tena del manuscrito, y no por el asunto gc3neral o disciplina que comprende entre sus ramas dicho argumento. Naturalmente que si el ma- nuscrito es de índole general se encabezará por cierto con la denominación ge- neral correspondiente. Si un escrito estudia diversas materias pero únicame~teen función de un motivo principal, se redactará una sola ficha encabezada por dicho asunto prin- cipal. S610 se redactarán diversas fichas de encabezamiento para un mismo manuscrito cuando el autor haya tratado diversos temas sin relación entre si. B ) Fichas de titulo. Se redactan cuando un escrito anónimo, y cuando su título sea conocido: 1 - Por el códice mismo. 2 - Por alguna edición. 3 -- Por la tradición científica. 4 - Cuando pueda ser suplido con seguridad de formulación que no dé motivo de incertidumbre o equivocacióñ, porque resulte obvio de la naturaleza del escrito. No deben redactarse fichas de título cuando el autor se conozca por otros medios que los acabados de mencionar ni tampoco: 1 -- Cuando no pueda conocerse el titulo, por ediciones, por tradición científica y tampoco se pueda suplir. 2 -. Cuando el título resulte igual al epigrafe que conviene a la obra, En las fichas de título el tiempo resulta fusionado con el encabe- zamiento, porque después del título seguirán el incipit y las notas ilustrativas. C ) Fichas de incipit. Deben redactarse: 1 - Para los escritos anóntmos inkditos. Si el texto está precedido de un prefacio, ( o proemio, o prólogo o dedicatoria) se anotará tarn-. bién el incipit de éste, redactándose íicha de envío al incipit del escrito anónimo. 2 - Para los anónimos publicados, cuando su importancia, o la nece- sidad de su identificación así lo requieran. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.3, julio-diciembre 1945

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