Fénix 3, 485-514

a ) Indicación de la naturaleza jurídica del acto. entre b ) Lugar donde se firm6. 1 parentesis c ) Fecha. ( nnguinres. Entre las notas se citará la edición. 2 - Inéditos. Se redactarán fichas de materia, encabezadas: a ) Por el nombre del "demandante". b ) Por el nombre de las personas o cos2s dignas de particular men- ción que figuren en el cuerpo de la ficha. c ) Por el archivo en que se conservaron originariamente, si este dato se desprende del manuscrito, y eventualmente, se harán envíos a los archivos y bibliotecas por los cuales hayan pasado sucesiva- mente. En el cuerpo de la ficha se seguirá el siguiente esquema: a ) Indicación de la naturaleza jurídica del acto. entre b ) Lugar donde fué firmado. paréntesis c ) Fecha. angulares. En las notas se anotará el bufete o la notaría al que perteneció. Sin embargo, si la naturaleza jurídica del acto así lo exige, y pueda de- rivarse de ello una mayor brevedad, será oportuno dar noticia del contenido del acto entre los mismos paréntesis angulares, y después de la indicación de la naturaleza jurídica del acto; en tal caso las demás indicaciones seguirán a este resumen. 11. Actos aislados provenientes de una colección y que forman parte de ella. 1 - Provenienfes de una colección sin título fijado por la tradición: a ) Publicados. Se redactará una sola ficha de materia encabezada por el nombre del archivo en que fueron conservados originaria- mente con eventuales fichas de envío a los ulteriores poseedores. b ) Inéditos. Se aplicarán las mismas normas que para los inéditos que no provienen de una colección. 2 - Provenienfes de una colección con nombre propio fijado por la tra- dición: a ) Publicados. Se redactará una sola ficha de autor o una de titulo (segíin se conozca o no, al autor) y al título fijado por la tradi- Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.3, julio-diciembre 1945

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