Fénix 36-37, 60-124

CUARTO DESIGLO ESCUELA NACIONALDE BIBLIOTECARIOS 103 análogos cambios; hubo circunstancias que así lo determinaron, al parecer, derivadas de su vinculación con la Biblioteca Nacional; esta situación estaba contemplada en el artículo 39Qel Estatuto-Reglamento de 1956, el que dice: "El Patronato determinará los horarios de clases teóricas y prácticas, que se anunciarán a los alumnos quince días antes de la apertura del curso". Desde 1949 a 1961 como debían efectuar paralelamente la práctica profesional y los estudios teóricos correspondientes al segundo año, las clases se dictaban en la tarde y en la mañana se hacía la práctica; algo similar se produjo con la reforma de 1962, en este caso, referido al tercer año de estudios. Como vimos, en la primera década, la asistencia fue extremadamente rigurosa, para rendir exámenes los alumnos debían tener un mínimo del 90% de asistencia, para 1956 se había atenuado un tanto la severidad, el Art. 47"el Estatuto-Reglamento decía: "Es requisito indispensable para aprobar cada curso haber asistido por lo menos al 80% de las clases teóricas y prácticas del mismo en los cursos anuales, y al 70% en los semestrales. No habrá justificación de faltas, cualquiera que sea la causa de la ausencia del alumno."; el alumno que no hubiese podido rendir alguna de las pruebas, por razones que fuesen encontradas justificadas por el Director de la Escuela, podían rendir examen en la fecha designada por éste, la que debía caer dentro de los 15 días subsiguientes, pasado este plazo el alumno era calificado con la nota cero. Diez años más tarde, en 1966, la exigencia no había amenguado ya que N. Mac Kee afirma "La asistencia a un 80% de las clases teórico-prácticas y a un 100% de las prácticas profesionales, es obligatoria." (1966: 254). Sin embargo. dos años más tarde se atemperó el rigor: El Patronato teniendo en cuenta razones de peso y después de considerar las circunstancias del ambiente, ha dispensado algunas facilidades a los alumnos: ha rebajado el límite de asistencia señalado en 80% en el Reglamento, a 75% del total de clases y ha accedido asimismo a que los alumnos pueden llevar un curso de cargo, facilidad que tampoco contemplaba el Reglamento actualmente vigente (Lohmann, 1968). En cuanto a los estudios mismos, en la etapa que estudiamos, se fueron introduciendo reformas a lo largo de los 20 años. Aunque entre 1950 y 1955 no media ningún Decreto o Resolución Suprema respecto de la Escuela Nacional de Bibliotecarios, en los anos intermedios encontramos variaciones en el currículo, y ello, en virtud de la facultad concedida al Patronato de la Escuela "...para que determine los programas y distribuya los cursos correspondientes a cada año de estudios." (art. 2"el Decreto Supremo de 3 de abril de 1948); así en el mismo 1950 el curso "Catalogación y Clasificación", del primer ario de estudios, se dividió (Anónimo, VIII), enseñándose por separado la Catalogación y la Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.36-37, 1990-1991

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