Fénix 7, 109-122
122 42 Pie43 FENIX le tome mas quta. de aquella q. el dho. domingo de garro diere el qual dho. poder les doy con libre y jenal. administracion e cumplido e pagado este mi testamento mandas y legados en el conte– nidas dexo y nonbro por mi unibersal heredera en el rremaniente que quedare a la dha. doña ana maria de loyola mi hija y del dho. govor. martín garcía d.e loyola mi señor y marido la qual quiero y es mí boluntad q. los herede con la bendicion de dios y mía e Reboce y anulo e doy por ninguno y de ningun balor y efeto todos y qualesqer. testamtos. mandas y codicilios que antes deste aya fecho y otorgado porque quiero que no balgan ni hagan fe en Juio. ni fuera del/ salvo este que aora hago y otorgo porq. este quiero q. balga por mi ultima voluntad en testyo. de lo qual otorgue la preste. carta ante escrivo. puo. della en la ciudad de los rreyes en tres días del mes de marco de mill y seiscientos años y la otorgante a quien yo el preste. escrivo. puo. doy fe q. conozco lo firmo de su nme. siendo prestes. por testigos Baltasar de lete esteban de loyola y franco. de aguilera y Juan albarez don pedro de baldivia rresidentes en esta ciudad.- la coya doña beatriz.- Passo ante my. Jun. de mendieta. Scrivo. puco. dros. 20 rls. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.7, 1950
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