Fénix 9, 352-412
372 FENPX por hombres distinguidos de ciudadanos, qué entendemos? [3] Todas las per- sonas que no son aún miembros de una sociedad política; aquellos que están aún en estado de la naturaleza; aquellos que ecsisten, como aquellos que no ecsisten; aquellos, en una palabra, que por el supuesto mismo, no pueden tener ningun inconveniente de la declaracion hecha para ellos. Se puede distinguir en este preambulo dos partes: el obgeto y los mo- tivos. El obgeto es exponer los derechos naturales, no enagenables y sagra- dos del homjbre. A saber: derechos fundados sobre la naturaleza del hombre; por consiguiente, esenciales al hombre, sin los cuales no podria ecsistir, si no era dejando de ser lo que es: derechos que no puede enagenar por ningun precio, aun para salvar la vida: der,echos de los cuales no se puede privar, sin cometer aquella especie de críme, que se llama violacion de las cosas sa- gradas ó sacrilegio [4] /p. 8 l. Pero en qué vendrá á quedar esta asercion, cuando nosotros háyamos probado por un ecsámen en detalle, que estos derechos naturales, no enage- sables y sagrados, no han ecsistido jamas; que estos derechos, que debían servir para que se dirigiesen al poder egecutivo y legislativo, no conducirían sino para distraerlos; que son incompatibles con el sosten de una constitucion, y que los ciudadanos reclamandolos, no reclamarían sino la anarquía. [5] [31.-Los hombres antes de unírse en sociedad. [4].-Este es un fárrago de clausulas absurdas. Los derechos del hombre son cosa muy distinta de su esencia. Su esencia consiste en el alma y el cuerpo. Sus derechos son el uso de las facultades que le dió naturaleza. Este uso debe ser arreglado por la razon, con la que tambien se le dotó. Estos derechos no son de igual clase; unos son mas pre- ciosos que los otros. Puede la necesidad obligarle á renunciar algunos; y por esto ni se aniquila, ni comete un sacrilegio. Puede dejarse cortar un brazo, para no perder la vida; puede obligarse á servir á otro con cargo que éste le alimente. [5].-Creo que el autor pensaba así. El que no creé en un ser supremo, no puede confesar leyes eternas. Será imposible, que él pruebe que de estas leyes resulta la anarquía: todo tirano llamó anarquia la defensa, el desorden y la confucion de los derechos. Tenémos ofrecido en el Peruano dar á luz las críticas que se hagan al proyecto de Constitucion. Sentimos, que aún no se haya remitido ninguna. Sabemos tambien, que al- gunos desean ver concluida la obra, para manifestar entónces su juicio. Repetimos, que los conceptos de nuestros conciudadanos serán siempre muy bien recibidos. Fénix: Revista de la Biblioteca Nacional del Perú. N.9, 1953
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