Primer Congreso Constituyente

ACTAS DE LAS SESIONES PUBLICAS 39 Leido el artículo cincuenta y uno, el Señor Arce pidió la palabra, y empezo a reflexionar sobre el artículo por lo relativo al juramento de defender la Religion Catolica Apostólica Romana, sin admitir el exercicio de otra alguna en la Republica. El Señor Presidente le ex– puso, que el artículo era base ya jurada, y que no le podía permitir la impugnase. El Señor Otero, y el Señor Paredes (Don Gregorio) opi– naron que no oponiéndose el Señor Arce a la base, bien podía pro– seguir su discurso, pues segun creían había una diferencia muy gran– de entre jurar por religión del Estado la Catolica, Apostólica, Roma– na y el juramento de no admitir el exercicio de otra religion en el Estado. Preguntado el Congreso sobre si continuaba el Señor Arce, se declaró que no, en seguida dividido el artículo en tres partes, se votó y fué aprobado. Leido el artículo cincuenta y dos, el Señor Otero opinó que subs– sistiendo en los terminos en que se había leido, los Congresos se al– canzarían unos a otros, y habría Congreso perpetuo. Contestaron a su observacion los señores Mariátegui y Aranibar; y declarado discutido el artículo, se aprobó. Se aprobaron sin discutir los artículos cincuenta y tres, cincuenta y cuatro, cincuenta y cinco, y cincuenta y seis. Leido el artículo cincuenta y siete, el Señor Mariátegui opinó, que se suprimiese la parte del artículo en que se declaraba que el ser– vicio de la diputacion recomendaba para los empleos. Le apoyó el Señor Ferreyros. El Señor Paredes (Don Gregorio), opinó por el ar– tículo, y declarado este discutido se aprobó en los términos propues– tos por el Señor Mariátegui. Leido el cincuenta y ocho, y habiendo hablado a favor de él el Señor Aranibar, se declaró discutido, y fué aprobado. Leido el cincuenta y nueve se aprob6 sin discusion hasta el pa– rrafo veinte y cinco. Leido el parrafo veinte y seis, el Señor Arce reflexionó contra él. Los señores Mariátegui y Colmenares disolvieron sus dificultades. El Señor Paredes (Don Gregorio) opinó, que el nom– bramiento de los individuos de la Junta conservadora de la libertad de Imprenta, debía ser atribucion del Senado Conservador. Se decla– ró el artículo discutido y fué aprobado. Se leyó el párrafo veinte y siete, y el Señor Mariátegui pidió, que cuando se imprimiese la Constitucion se pusiese este parrafo an– tes del veinte y seis, por exijirlo asi el orden. El Señor Paredes (Don Gregorio) opinó que el artículo debía ponerse de modo que pudiese suspenderse alguna vez la libertad de Imprenta. El Señor Mariátegui observó que no era conveniente en ningún caso la suspension de la

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