Primer Congreso Constituyente

ACTAS DE LAS SESIONES PUBLICAS 53 nistros. Se declaró discutido el párrafo, votó, y fué aprobado: Igual– mente se aprobó el párrafo cuarto. Se leyó y aprobó el artículo ciento treinta y dos. Leido el ciento treinta y tres, el Sr. Mariátegui expuso la necesidad que había de fixar la renovacion de las Jun– tas departamentales por mitad cada cuatro años, y desechando el ter– mino de dos años que exigía el artículo. El Sr. Paredes (Dn. Grego– rio) expuso los peligros que habían con la continuacion de corpora– ciones de esta clase. Se declaró discutido el artículo, se votó y fué aprobado con la sostitucion del Sr. Mariátegui. Se leyeron y :iproba– ron sin discusion todos los párrafos del artículo ciento treinta y cua– tro, y los artículos ciento treinta y cinco, y treinta y seis. Se suspen– dió la discusion por haberse recibido en este acto dos oficios, uno del Ministro de Estado, en el que de orden del Presidente de la República comunica al Congreso las plausibles noticias de haber sido derrotada Ja division enemiga al mando del General Valdés, y al que acompaña una Gaceta de Gobierno: otro del Secretario Jeneral del Libertador en el que transcribe la comunicacion que el Jeneral Sucre había dirijido al Presidente de Colombia, relativo á este mis– mo particular. El Congreso oyó con suma complacencia la lectura de ambos oficios, y resolvió que la Secretaría manilestase al Presidente de la República y Libertador el agrado con que había oido las no– ticias; concluido esto se levantó Ja sesion. Justo Figuerola Presidente Manuel Antonio Colmenares Diputado Secretario SESION DEL DIA .19 DE SEPTIEMBRE Abierta la sesion, se leyó y aprobó la acta del día anterior por cuarenta y cuatro Señores que concurrieron. Continuó la discusion de la segunda parte del proyecto de Constitucion, y leidos los artículos ciento treinta y siete y ciento ü einta y ocho se aprobaron sin discusion. Se leyó el artículo ciento treinta y nueve párrafo primero, y el Sr. Ofelan opinó qu el artículo mas parecía puesto para demostrar erudicion que por que hubiese necesidad de detallar tan menudamen– te las atribuciones de las Municipalidades. El Sr. Ortíz Zevallos dijo: que él notaba un defecto gramatical en el artículo, y que a su jui– cio debía leerse del modo siguiente: "Las atribuciones del regimen municipal son etc.". El Sr. Mariátegui contestó como individuo de la Comision, que en ningun tiempo mas que en el presente debía ex-

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